Explore "La gloria y el ensueño que forjó una patria, Tomo 3" by Paco Ignacio Taibo II on Textopian. Read with annotations and highlights.
El 3 de octubre de 1865 Maximiliano declara: "La causa que con tanto valor y constancia sostuvo don Benito Juárez ha ya sucumbido [. ]. Hoy hasta la bandería en que degeneró dicha causa, ha quedado abandonada por la salida de su jefe del territorio patrio". Este sería el pretexto para emitir una ley según la cual los combatientes republicanos "serán condenados a la pena capital, que se ejecutará dentro de las primeras 24 horas después de pronunciada la sentencia". La ley incluye no sólo a los combatientes sino a "los que voluntariamente auxiliaren a los guerrilleros con dinero o cualquiera otro género de recursos", "los que les dieren avisos, noticias o consejos", los que "les facilitaren armas, caballos, pertrechos, víveres", "los que voluntariamente y a sabiendas los ocultaren en sus casas o fincas", "los que vertieren de palabra o por escrito especies falsas o alarmantes, con las que se puedan alterar el orden público" e incluso los que vieran pasar a la chinaca y no dieran información al gobierno imperial. La ley, pues, condenaba a muerte a medio país incluidos los mirones que con sus silencios apoyaban a la guerrilla. Bazaine le escribió al ministro de la Guerra de Francia que: "Maximiliano, cuyo carácter parece ser esencialmente paciente, ha querido esperar que Juárez saliera del territorio antes de promulgar esta ley [. ] se decidió al fin, por mis consejos, a dar una prueba de firmeza, que ha hecho un buen efecto entre los conservadores".
Si bien es cierto que las cortes marciales funcionaban desde el año 63, muchas de ellas como dice Bulnes "con toda regularidad y salvajismo", la nueva ley era demencial.